Comunicado contra la represión. La libertad controlada.

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El pasado 28 de enero tuve que presentarme en el juzgado penal nº4 de Plaza de Castilla en Madrid a por la notificación de la suspensión de la condena del juicio que tuve en junio de 2016.

Para quienes no recordéis, me juzgaron solicitándome inicialmente una pena de prisión de 8 años y medio, y una elevada cantidad de dinero en concepto de indemnización, por los hechos ocurridos en la manifestación de mineros del 31 de mayo del 2012 en Madrid y en la cual resulté detenido junto a un compañero minero asturiano.

La sentencia definitiva dictada por la jueza fue de 1 año y 10 meses de prisión, 5.200 euros de indemnización en concepto de responsabilidad civil y una multa de 180 euros adicionales. Mi abogado y yo solicitamos la suspensión de la condena, ya que en el Estado español si no eres reincidente y te fijan menos de dos años de condena, puedes solicitar no entrar en la prisión.

Mi situación actual es de libertad controlada: 3 años de antecedentes penales a partir de la fecha de recogida del documento de suspensión de pena, la notificación de cualquier cambio de mi domicilio durante estos años, y el pago de los 700 euros restantes aún por la responsabilidad civil. Habíamos pagado ya 4.500 euros, y creímos que era suficiente, sin embargo, a pesar de la prescripción de las faltas administrativas por las cuales me solicitaban indemnizar con 350, 200 y 150 euros respectivamente a tres policías, la jueza interpretó en la sentencia condenatoria que tenía que pagar igualmente esas cantidades porque estaban vinculadas a un delito de lesiones.

Ser sentenciado, y librarte de entrar en prisión, no significa librarte de arrastrar una condena años y más años. La culpabilidad y la inocencia están marcadas por la ideología incriminatoria de este sistema… esta es la justicia del régimen español, heredera directa del Franquismo.

NI ACATAMOS, NI NOS DOBLEGAMOS!

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